1.11.08

Retenciones.

Las sociedades, empresas individuales y comunidades de bienes están obligadas a retener una parte de la renta, cuando satisfagan o abonen rentas en el ejercicio de sus actividades, y después ingresar dicha parte retenida en la Agencia Tributaria. (¿Poético no?)

1 comentario:

Patrolita dijo...

¿Poético? Jajaja.

Hacía tiempo que no entraba por aquí...

¡pío!